Ordenanza Nº7873

Presupuesto participativo

Artículo 1º.- Establécese en el ámbito de la Municipalidad de Mercedes la implementación del sistema participación ciudadana denominada “presupuesto Participativo”
Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo establecerá un responsable del PP quien tendrá a su cargo una comisión.- Esta unidad coordinadora estará conformada por 1 Concejal (titular y/o 1 concejal suplente) de cada fuerza política con representación en el HCD; y también dos delegados de zonas (Titulares y/o suplentes) la cual le darán curso a los proyectos recibidos de las asambleas a las áreas correspondientes.-
Artículo 3º.- El monto general de referencia sobre el cual la ciudadanía elaborara proyectos enmarcados en el P.P. será definido al momento de elaborar el presupuesto anual de gastos y recursos del Municipio.-
Artículo 4º.- A continuación se detallan las 7 zonas urbanas y restan agregar las 3 zonas suburbanas:
Zona 1: Barrios: Lapenta, Payro, Centro, Virgen del Rosario, Estrada, Unión, Histórico, Hospital.-

Zona 2: Barrios: Sta. Teresita, José Hernández, San Antonio, Almafuerte, Obrero, Blandengues, el rosedal, Bello Horizonte, Auto Construcción, Los Duraznos, Villa Asunción y 3 de Octubre
Zona 3: Barrios: Villa del parque, Parque Municipal, Trocha, esperanza; Pago Chico, las Acacias, Los Robles, Calvillo, San José, Peñaloza y Eva Duarte.-
Zona 4: Barrios : Güemes, Unzue, San Justo, Unidad y Progreso, Marchetti, La Amistad, Malvinas, Argentinas, H. Yrigoyen, Soldado Balvidares, Mutti, Cuartel IV, Lopardo, San Martin, Redes, Belgrano, Facundo Quiroga, Ravello y 12 de Octubre.-
Zona 5: Barrios: Mitre, América, Villa Industrial Oeste, Lomas del Pacifico, La Colina, Nueva Austral , Los Paraísos (hasta Ruta 5 y vías FF.CC )
Zona 6: Barrios: desde Rotonda de Acceso a Mercedes por Ruta 41 y Ruta 5 hasta zona rural.-
Zona 7: Barrios Gendarmería, Seminario, Villa Industrial Este, San Francisco, París Giannini, San Jorge, Villa Industrial Este.-
Artículo 5º.- El directorio del programa del P.P. deberá establecer el cronograma de reuniones (establecido junto a la aprobación del presupuesto municipal) en las distintas zonas, a realizarse entre los meses de Abril y junio.-
Artículo 6º.- Se elegirán dos delegados Titulares y 2 suplentes en asamblea (por cada zona) dos hombres y mujeres, que serán el nexo entre los vecinos y la comisión Coordinadora del PP , tanto en la ejecución del programa como en el monitoreo de las obras afectadas al presupuesto anual.-
Artículo 7º.- Los proyectos seleccionados por los vecinos, elegidos por medio de votación serán incluidos en el presupuesto del año siguiente, en el cual deberá iniciarse su ejecución.-
Artículo 8º.- Podrán participar en las reuniones todos los vecinos mayores de 16 años que acrediten domicilio real dentro de la zona de incumbencia acreditando identidad mediante DNI y/o servicio a su nombre. . Ninguna persona podrá votar en más de una zona.-

Artículo 9º.- El Departamento Ejecutivo elaborará el reglamento para la implementación del PP el cual deberá estar aprobado por el HCD.-
Artículo 10º.- Es facultad del Departamento Ejecutivo realizará una intensa campaña informativa y comunicativa por todos los medios de comunicación disponibles para la implantación del Programa P.P. .-
Artículo 11º. Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido, archívese.

 

 

 

 

Descargar archivo adjunto: 7873_2016

Expediente:5404/16 DE
Sancionado por el HCD el 16 de Diciembre de 2016
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 27 de diciembre de 2016, mediante decreto Nº1444 Folio Nº1807, Libro Nº50
Publicada el 23 de diciembre de 2016