Resolución Exp. 643/17

REF EXPTE. . 643/17

MERCEDES, 15 de marzo de 2019.-

 VISTO:

            El expediente N° 643 del año 2017 caratulado: “DEPARTAMENTO EJECUTIVO – Proyecto de Ordenanza Creación Banco de Tierras y Vivienda”, y:

CONSIDERANDO:                   

Que por medio de la Ordenanza N° 7982/2017, se crea el Banco de Tierras e inmuebles Municipal, donde en su artículo 17° crea el Programa de Disposición de Tierras e Inmuebles.-

Que el Decreto Reglamentario de la mencionada norma, en su Anexo faculta a la Dirección de Tierras y Hábitat a establecer los mecanismos de adjudicación y en uso de ellas es que,

RESUELVE:

  1. Determinar como fecha para el Primer Sorteo del Programa “MI TERRENO” a cargo de la Dirección de Tierras y Hábitat de la Municipalidad de Mercedes, para el día 22 de marzo de 2019 a las 10 horas, en el Teatro Julio Cesar Gioscio, en el cual se sortearán 68 aspirantes titulares y 68 aspirantes suplentes.
  2. Asignar como inmuebles sujeto a sorteo: CUARENTA Y OCHO (48) del expediente N°5248/18 y VEINTE (20) del expediente N°5250/2018.
  3. Designar como escribano interviniente al notario Juan Pablo Gianinni, quien confeccionará la correspondiente acta donde conste todo lo acontecido.-
  4. En virtud de lo establecido en el art. 10° del decreto N°1987/2018 se determina un cupo especial y previo asegurado de DOS (2) terrenos a ser sorteado entre los Bomberos Voluntarios inscriptos y SEIS (6) entre miembros de seguridad bonaerense. En estos casos los terrenos serán los que surjan del expediente N°5248/2018. Los números asignados para el sorteo especial serán publicados en listado aparte del general, del que seguirán participando quienes no hayan salido beneficiados como titulares.-
  5. La única coexistencia de beneficiarios permitida entre los dos sorteos (especial y general) es en carácter de suplente, atento no estar plenamente determinado su calidad de beneficiario y estar sujeta a revisión de cumplimiento de requisitos. Es decir que el carácter de titular en el sorteo especial, es única causal de exclusión al sorteo general.-
  6. Ordenar la publicación del Listado Oficial definitivo y de los listados especiales en el sitio web.
  7. Posponer para el momento de la adjudicación la integración de la base mínima establecida en el art. 11 del decreto citado, dejando a salvo que para la suma a integrar será mayor para el caso de los terrenos  del expediente N°5248/18.-
  8. Los preadjudicatarios serán convocados a dar cumplimiento a los demás requisitos del programa (informes socio – ambientales, informe en índice de titulares del RPBA, etc) cumplimentados los mismos y respetando el orden en que fueron sorteados, es que podrán elegir el lote a adquirir dentro del loteo para el que calificaron.

Publíquese en el Boletín Oficial, a cuyo fin pase a Secretaría de Gobierno para su publicación.-

DIRECCION DE TIERRAS Y HÁBITAT

MUNICIPALIDAD DE MERCEDES


Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el
Publicada el