Cartelería en Barrio Esperanza
Artículo 1º.- Colóquese un cartel “PROHIBIDO ARROJAR BASURA Ordenanza N° 5650/03” en la intersección de la senda peatonal (que comunica la Avenida 40 y calle 11 con el Barrio Esperanza) y las vías del ex Ferrocarril Belgrano.
Artículo 2°.- Impútense los gastos que genere la aplicación de la presente a las partidas presupuestarias que correspondan.-
Artículo 3°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido, archívese.
Descargar archivo adjunto: Ordenanza Nº 7343