Ordenanza Nº 7354

Donación  de terreno a la Sociedad de Fomento del Barrio Eva Duarte

Artículo 1º.- Dónase a la Sociedad de Fomento del Barrio “Eva Duarte”, un lote de terreno, reserva para equipamiento comunitario, ubicado en la esquina de las calles 5 y 54 Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección A, Chacra 55, Manzana 55e, Parcela 14, según plano aprobado por Geodesia característica 71-25-94, destinado a la construcción de la sede donde funcionará dicha Sociedad de Fomento.-

Artículo 2°.- El Departamento Ejecutivo gestionará ante las autoridades de la Sociedad de Fomento la pronta aceptación de la donación y queda autorizado para suscribir la correspondiente escritura.-

Artículo 3°.- Los gastos que demande la escrituración serán a cargo de la Sociedad de Fomento.-

Artículo 4°.- Esta donación se hace con cargo de: a) Que la citada parcela se destine a la construcción de la sede donde funcionará la Sociedad de Fomento. b) Que la construcción del edificio se inicie dentro de los doce (12) meses, a partir de la firma de la escritura traslativa de dominio. Este plazo nunca deberá ser mayor a los treinta y seis (36) meses a partir de la firma de la escritura traslativa de dominio, caso contrario quedará sin efecto la donación.-

Artículo 5°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido, archívese.

Descargar archivo adjunto: Ordenanza Nº 7354

Expediente:Nº 3001/13- DE; Nº 3474/13-DE
Sancionado por el HCD el 09/09/2013
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 13/09/2013 por Decreto Nº 826 Folio Nº 1012 Libro Nº 47
Publicada el 16/09/2013

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