Ordenanza Nº 7700

Ordenanza de Zonificación. Modifica Ordenanza Nº 5671. Derogada por Ordenanza Nº 7739

Artículo 1º.- Desaféctese del Área Complementaria/Rural al sector comprendido por el polígono A-B-C-D de la nomenclatura Catastral Circunscripción IX, Parcela 819 A con una superficie aproximada de 21 Has. 55As. 73 Cas. y se lo anexe a la Zona Pueblos, según croquis adjunto.-
Artículo 2°.- Asígnese los siguientes indicadores urbanísticos:
FOS: 0,40
FOT; 0,80
DN: 1 VIVIENDA POR PARCELA
FRENTE MÍNIMO: 12 METROS
SUPERFICIE MÍNIMA: 450 M2
ALTURA MÁXIMA: 6 METROS (PLANTA BAJA Y UN PISO DE ALTURA)
Artículo 3°.- Autorizase a ejecutar en dicho predio las viviendas que forman parte del Plan PRO.CRE.AR.
Artículo 4°.- Entiéndase que para todas las obras de infraestructura requeridas para el programa a desarrollará, serán a exclusivo cargo del Plan PRO.CRE.AR.,
tanto en la extensión de redes de agua corriente y cloacales, energía eléctrica, iluminación pública, gas natural, pavimentación, veredas y mobiliario urbano. Ello se realiza según parámetros que para cada caso establezca la Secretaría de Obras Públicas, Privadas y Planeamiento y entes privados y las obras de Nexo.-
Artículo 5°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido archívese.-

Descargar archivo adjunto: Ordenanza Nº 7700

Expediente:Nº 283/15-HCD
Sancionado por el HCD el 29/10/2015
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 02/11/2015 por Decreto Nº 1071 Folio Nº 1405 Libro Nº 49
Publicada el 16/11/2015