Ordenanza Nº 7838

Velocidad Máxima – Cartelería

Artículo 1°.- COLOQUENSE carteles indicadores de velocidades máximas permitidas según la legislación vigente en las calles 144, 150, 152, 154 y 158 desde Acceso Manuel Sanmartín hasta calle 61 bis, conforme croquis de Anexo I.-
Artículo 2°.- Los gastos que demande la presente Ordenanza se imputarán a la partida presupuestaria que el Departamento Ejecutivo estime corresponder.-
Artículo 3°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido, archívese.

 

Descargar Archivo Adjunto: 7838_2016

Expediente:5047/2014 DE- 1926/2015 DE- 4436/2014 DE-
Sancionado por el HCD el 11 de Octubre de 2016
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 14 de Octubre, mediante Decreto Nº 1107, Folio Nº 1381, Libro Nº 50
Publicada el 18 de Octubre de 2016