Ordenanza Nº 7840

Reductores de Velocidad

Artículo 1º.- COLÓQUESE tres (3) líneas de “reductores de velocidad” estandarizados (modelo L44-50mm x220mm) sobre calle 50 antes de llegar a calle 29, con su correspondiente señalética vertical y horizontal, conforme el croquis que se acompaña como Anexo I.-
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la/s partida/s presupuestaria/s que el Departamento Ejecutivo determine.-
Artículo 3°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido, archívese.

 

Descargar Archivo Adjunto: 7840_2016

Expediente:497/2012 HCD-
Sancionado por el HCD el 24 de Octubre de 2016
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 10 de Noviembre de 2016, mediante Decreto Nº 1241, Folio Nº 1557, Libro Nº 50
Publicada el 11 de Noviembre de 2016