Ordenanza Nº 7994

Modificación el artículo 190° de la Ordenanza N°7991/17

Artículo 1°.- Modificase el artículo 190° de la Ordenanza N°7991/17 el
que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 190°.- Créase la Comisión Valuadora Municipal la cual
estará conformada por: el Secretario de Hacienda, el
Director de Planificación Territorial, el Director de
Catastro, un representante del Colegio de Martilleros, un
representante del Colegio de Ingenieros y Agrimensores, un
representante del Colegio de Arquitectos y tres
representantes del HCD, uno por cada bloque político.
La Presidencia de ésta comisión será designada por sus
integrantes en la primer reunión constitutiva la cual será
convocada por el Departamento Ejecutivo.
Los representantes de los colegios profesionales
mencionados deberán renovarse cada doce (12) meses a
propuesta de los respectivos colegios.
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Dicha Comisión será la encargada de dictaminar la
valuación de los bienes afectados por el derecho de
participación municipal en la valorización inmobiliaria.
El dictamen con la valuación de los bienes afectados por el
derecho aquí mencionado, tanto para establecer el precio
comercial y el nuevo precio de referencia, deberá reflejar el
precio real del bien, atento al cumplimiento de las
condiciones definidas para cada caso en el Artículo 177° de
la presente Ordenanza.
Para el dictamen que fije los precios de referencia para el
cálculo de la valorización inmobiliaria, la Comisión podrá
solicitar tasaciones no vinculantes, a profesionales
matriculados del partido o de partido aledaños, a fin de
contar con más elementos para la toma de decisiones.
Facúltase a la Comisión a promover la firma de convenios
de colaboración con el Banco de la Provincia de Buenos
Aires, con el Tribunal de Tasaciones de la Nación, con los
Colegios Profesionales de Martilleros y de Escribanos, con
el fin de contar con tasaciones oficiales para la fijación de
los precios de referencia, así como para mantener una base
actualizada de precios del suelo en el Municipio.
Artículo 2°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido
archívese.-

 

Descargar Archivo Adjunto7994_2017

Expediente:613/17
Sancionado por el HCD el 15 de diciembre 2017
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 19 de diciembre 2017, mediante Decreto Nº 2016, Folio Nº 2499, Libro Nº 51
Publicada el 19 de diciembre de 2017