Ordenanza Nº 8156

Capacitación Obligatoria sobre Genero y Violencia contra Mujeres

ARTÍCULO 1º.- Establecese la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo y Legislativo del Municipio de Mercedes.
ARTÍCULO 2º.- Las personas referidas en el artículo 1º deben realizar las capacitaciones en el modo y forma que establezcan las respectivas dependencias en la que desempeñan sus funciones.-
ARTICULO 3º.- El Organismo municipal competente en la materia es la autoridad de aplicación de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 4º.- Las máximas autoridades de los organismos referidos en el artículo 1º, con la colaboración de sus áreas, son responsables de garantizar la implementación de las
capacitaciones que comenzaran a impartirse dentro del año de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza.-
Para tal fin, la autoridad de aplicación deberá desarrollar materiales y/o programas, cuyos contenidos deben apuntar a la prevención de la violencia de género en todas sus formas, como establece la Ley 26485, de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales.-
ARTICULO 5º.- Los gastos que demande la presente ordenanza se tomaran de los créditos que correspondan a las partidas presupuestarias asignadas a la autoridad de aplicación.-
ARTICULO 6º.- Comuníquese. Regístrese. Dese al Digesto General, cumplido, archívese.-

Descargar archivo adjunto: 8156_2019

Expediente:538/18 H.C.D.
Sancionado por el HCD el 22 de Febrero de 2019
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 6 de Marzo de 2019, mediante Decreto Nº 412 del libro 53
Publicada el 6 de Marzo de 2019