Ordenanza Nº 7653

Mesetas reductoras de velocidad

Artículo 1º.- Coloquese tres (3) líneas de “reductores de velocidad” estandarizados en la zona comprendida entre las calles 505 desde el Ferrocarril Gral. San Martín hasta calle 518, siendo los mismos el modelo L31 (45mm x 160mm) y/o modelo LT44 (50mm x 220mm), con su correspondiente señalética vertical y horizontal.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la/s partida/s presupuestaria/s que el Departamento Ejecutivo determine.
Artículo 3°.- La presente Ordenanza tendrá vigencia el día siguiente de su publicación.
Artículo 4°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido archívese.-

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Expediente:Nº 4556/12-DE
Sancionado por el HCD el 26/05/2015
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 29/05/2015 por Decreto Nº 425 Folio Nº 520 Libro Nº 49
Publicada el 30/05/2015