Ordenanza Nº 7671

Parcelas en Barrio René Favaloro

Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar las ventas de las 112 parcelas correspondientes al Plan Federal de viviendas del Barrio René Favaloro, a los adjudicatarios del Plan, según tasaciones oficiales que utiliza el Gobierno Nacional en el Programa Pro.Cre.Ar.
Artículo 2°.- Consignase los valores de los terrenos en $150.000.-
Artículo 3°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a los beneficiarios del Plan, la cantidad de cuotas necesarias según situación económica de cada beneficiario en particular, lo que deberá ser acreditado fehacientemente por los mismos.
Artículo 4°.- Declárese de Interés Social la venta y escrituración del Plan Federal de Viviendas Barrio René Favaloro a favor de los beneficiarios, en los términos del artículo 4°, inc. d), de la Ley 10.830, procediéndose a su escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 5°.- Facultase al Intendente Municipal a la suscripción de todos los documentos, tendientes a dar cumplimiento a la presente Ordenanza.-
Artículo Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido archívese.-

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Expediente:Nº 2880/15-DE
Sancionado por el HCD el 27/07/2015
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 31/07/2015 por Decreto Nº 685 Folio Nº 840 Libro Nº 49
Publicada el 31/07/2015