Reductores de velocidad
Artículo 1º.- Colóquese una (1) línea de “Reductores de Velocidad” estandarizados sobre calle 119 entre calle 28 y 30, siendo los mismos el modelo L31 (45mm x 160mm) y/o modelo L44 (50mm x 220mm), con su correspondiente señalética vertical y horizontal, conforme el croquis que se acompaña como Anexo I.-
Artículo 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente se imputarán a la Partida Presupuestaria que el Departamento Ejecutivo determine.-
Artículo 3°.- La presente Ordenanza tendrá vigencia el día siguiente de su publicación.-
Artículo 4°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido archívese.-
Descargar archivo adjunto: Ordenanza Nº 7725