Domicilio Electrónico
Artículo 1º.- Créase la BASE DE DATOS de uso ÚNICO y ESPECÍFICO para la construcción de DOMICILIO ELECTRÓNICO.-
Artículo 2°.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a dictar las reglamentaciones que contemplen disposiciones adecuadas a los propósitos y finalidades de la presente Ordenanza.-
Artículo 3°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, cumplido, archívese.-
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