Ordenanza Nº 7812

                                              Domicilio Electrónico

Artículo 1º.- Créase la BASE DE DATOS de uso ÚNICO y ESPECÍFICO para la construcción de DOMICILIO ELECTRÓNICO.-
Artículo 2°.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a dictar las reglamentaciones que contemplen disposiciones adecuadas a los propósitos y finalidades de la presente Ordenanza.-
Artículo 3°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, cumplido, archívese.-

 

 

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Expediente:3607/2016 - DE
Sancionado por el HCD el 22 de Agosto de 2016
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 26 de Agosto de 2016, mediante Decreto Nº 871, Folio Nº 1090, Libro Nº 50
Publicada el 9 de Septiembre de 2016