Ordenanza Nº 7864

Circulación

Artículo 1º.- Establécese el sentido de circulación de calle 45 entre 10 y 12 en dirección Sur a Norte.-
Artículo 2°.- Establécese el sentido de circulación de calle 10 entre 47 y 45 en sola dirección de oeste a este.-
Artículo 3°.- Instálese un reductor de velocidad en calle 45 entre 10 y 12 (casi esquina 12) y calle 10 e/45 y 47.-
Artículo 4°.- El gasto que demande la implementación de la presente Ordenanza se imputará a la Partida correspondiente.-
Artículo 5°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido, archívese.

 

Descargar Archivo Adjunto: 7864_2016

Expediente:719/2016 HCD-
Sancionado por el HCD el 29 de Noviembre de 2016
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el Vetada parcialmente Artículo Nº 2, mediante Decreto Nº 1431. fecha: 19 de Diciembre de 2016
Publicada el 22 de Diciembre de 2016