Ordenanza Nº 7079

Traslado de panificados

Artículo 1°.- Dispónese que los vehículos para el traslado de panificados deberán ser cerrados y preservados de toda contaminación y contarán con la respectiva autorización municipal.-
Artículo 2°.- Para el traslado de panificados no se permitirá usar bolsas de papel o lienzos, debiendo utilizarse canastos construidos en mimbre, acero o plásticos.-
Artículo 3°.- La presente norma entrará en vigencia a los sesenta días de su publicación.-
Artículo 4°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido archívese.-

Descargar archivo adjunto: Ordenanza Nº 7079

Expediente:Nº 246/2012-DE
Sancionado por el HCD el 11/06/2012
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 15/06/2012 por Decreto Nº 372 Folio Nº 532 Libro Nº 46
Publicada el 29/06/2012

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