Adjudicación de licencias de taxis
Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a adjudicar las licencias disponibles, por renuncia o baja de titulares, a los peones de taxis con más de 8 (ocho) años de antigüedad en los registros municipales, si no fuese suficientes se tomará una antigüedad de 5 (cinco) años.
Artículo 2°.- Dispónese que el Departamento Ejecutivo evaluará las necesidades de plazas priorizando características que favorezcan la prestación del servicio.
Artículo 3°.- La presente entrará en vigencia a partir del primer día de su publicación, y su aplicación será supletoria de cualquier otra Norma que regule la actividad objeto de la presente.
Artículo 4°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido archívese.
Descargar archivo adjunto: Ordenanza Nº 7102