Ordenanza Nº 7155

Comisión de gestión de manejo integral de los Residuos Sólidos Urbanos (RSU)

Artículo 1º.- Crease la Comisión de gestión de manejo integral de los Residuos Sólidos Urbanos (RSU), la que estará conformada por el Subsecretario de Servicios Públicos, el Sr. Director de Servicios Descentralizados, dos (2) miembros del Dpto. de Saneamiento Ambiental, la Directora de Salud, Secretario de Gobierno o dependencias que las remplacen y un miembro del H. Concejo Deliberante.
Artículo 2º.- La gestión integral de los RSU en el Partido de Mercedes estará así bajo la responsabilidad de tres sectores bien demarcados dentro del Organigrama Municipal, que interactuarán en el ámbito de sus responsabilidades técnicas u operativas, según corresponda, cuyas
misiones y funciones dentro de la presente, refieren a:
- Responsabilidad Operativa
 Recolección y transporte de los RSU: Subsecretaria de Servicios Públicos o dependencia que la reemplace.
 Tratamiento y disposición final: Subsecretaria de Servicios Descentralizados.
- Responsabilidad Técnica
 Lineamientos de acción y monitoreo de resultados: Departamento de Saneamiento Ambiental, Dirección de Salud y Secretaria de Gobierno.
 Concientización ambiental mediante la implementación de programas de educación ambiental en los distintos niveles educativos tanto de índole públicos como privados y la sociedad en general:
Departamento de Saneamiento Ambiental.
Artículo 3º.- Será función de la Comisión de gestión de manejo integral de los RSU Implementar el Programa de Gestión Integral de los RSU cuyos objetivos son:
1) Incorporar paulatinamente en la disposición inicial la separación en origen, y la valorización, la reutilización y el reciclaje en la gestión integral.
2) Minimizar la generación de residuos, de acuerdo con las metas que se establecen Ley 13592 y su decreto reglamentario Nº 1215.
3) Instrumentar campañas de educación ambiental y divulgación a fin de sensibilizar a la población respecto de las conductas positivas para el ambiente y las posibles soluciones para los residuos sólidos
urbanos, garantizando una amplia y efectiva participación social que finalmente será obligatoria.
4) Incorporar tecnologías y procesos ambientalmente aptos y adecuados a la realidad local.
Artículo 4º.- Se dispone la adecuación de la Planta de Gestión Integral de RSU siguiendo los lineamientos establecidos en la Ley 13592 y su decreto reglamentario Nº 1215.
Artículo 5º.- Será función de la Comisión de gestión de manejo integral de los RSU la selección y elevación de las propuestas al Organismo Provincial competente, a través del área de Saneamiento Ambiental, en pro de adquirir un nuevo sitio para la disposición final de los RSU encapsulados, dando estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 13592 y su
decreto reglamentario Nº 1215, en sus artículos Nº 11 y 13.
Artículo 6º.- Será función de la Comisión de gestión de manejo integral de los RSU propiciar el saneamiento y cierre paulatino del actual sitio de disposición final a cielo abierto de RSU cito en Prolongación de calle 29 y ruta 41 – La Florida.
Artículo 7º.- Derogase toda otra Ordenanza que se oponga a la presente.
Artículo 8°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, cumplido archívese.-

Descargar archivo adjunto: Ordenanza Nº 7155

Expediente:Nº 3006/12-DE
Sancionado por el HCD el 25/09/2012
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 03/10/2012 por Decreto Nº 771 Folio Nº 1133 Libro Nº 46
Publicada el 17/10/2012

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